sobre nosotros.Preguntas frecuentes. delito medioambiental. Abogados especialistas en Derecho penal. González & Asociados. Delito por vertido. Delito por ruido. Delito por emisiones. Delito por excavaciones. Delito por inyección. Delito por vertidos. Delito por radiación. Delito por vibraciones. Mérida. Extremadura

delitos medioambientales

Emisiones

¿Qué se entiende por delito medioambiental por emisiones?

Se considera delito medioambiental por emisiones aquel en el que se provocan o realizan, directa o indirectamente, emisiones que puedan causar o causen un daño sustancial a la calidad del agua, del aire, del suelo, o a animales y plantas. Este tipo de conductas también se encuadra en el tipo penal cuando perjudican gravemente el equilibrio de los sistemas naturales o generan un riesgo grave para la salud humana.

¿Qué sanciones o penas pueden imponerse por un delito de emisiones?

Las penas con las que se castiga la comisión de un delito contra el medio ambiente varían en función de diferentes factores como la gravedad, pero suelen incluir:

• Pena de prisión (de 6 meses a 5 años, según la gravedad y el riesgo creado).
Multas que variarán en función del tipo en el que se encasillen los hechos.
Inhabilitación para el ejercicio de determinadas actividades.

¿Qué debo hacer si sospecho que una empresa está emitiendo contaminantes por encima de los límites legales?

Ante la sospecha fundada de que una empresa está realizando emisiones contaminantes que superan los umbrales permitidos legalmente, es recomendable seguir los siguientes pasos, teniendo en cuenta que resulta recomendable contar con asesoramiento especializado durante el proceso:

  1. 1. Recopilación de información y pruebas
    • Es fundamental documentar con el mayor detalle posible los hechos observados. Para ello se recomienda:
      • Anotar fechas, horas, duración y frecuencia de las emisiones.
      • Identificar el tipo de contaminante percibido (olor, humo, vertido líquido, residuos sólidos, etc.).
      • Registrar afectaciones visibles al entorno (fauna, flora, agua, aire, salud humana).
      • Obtener pruebas (fotos, vídeos, informes médicos, partes veterinarios, etc.) siempre respetando la legalidad.
      • Identificar testigos si los hubiera.
  2. Comunicación a las autoridades competentes
    • Dependiendo de la comunidad autónoma y el tipo de afectación, debe dirigirse la denuncia a alguno o varios de los siguientes organismos:
      • Consejería de Medio Ambiente de la comunidad autónoma correspondiente (competente en autorizaciones ambientales integradas y seguimiento de actividades contaminantes).
      • Ayuntamiento del municipio afectado, que puede actuar por vía de disciplina ambiental y ordenación urbanística.
      • SEPRONA (Guardia Civil): Unidad especializada en delitos contra el medio ambiente, con facultades de investigación y denuncia ante Fiscalía o juzgados.
  3. Asesoramiento y actuación legal
    • Es muy recomendable contactar con un abogado especializado en Derecho Ambiental o Penal Ambiental, quien podrá:
      • Evaluar la viabilidad jurídica del caso.
      • Redactar una denuncia formal ante la Fiscalía de Medio Ambiente o interponer querella criminal en caso de delito.
      • Iniciar procedimiento contencioso-administrativo si hay inactividad de la Administración.
      • Promover una acción civil de responsabilidad por daños medioambientales, si se han producido perjuicios directos.

¿Cómo se determina el nivel de emisiones que se considera delito y quién lo supervisa?

Niveles máximos:

La legislación estatal y autonómica en materia de medio ambiente, así como las autorizaciones ambientales integradas (AAI) de cada instalación, fijan los valores límite de emisión (VLE) para sustancias y compuestos contaminantes (como dióxido de azufre, óxidos de nitrógeno, partículas en suspensión, compuestos orgánicos volátiles, metales pesados, etc.).

No obstante, el delito no se produce únicamente por superar esos valores. Se requiere que las emisiones (aun estando o no autorizadas):

– Causen o puedan causar daños sustanciales a la calidad del aire, agua, suelo o a los ecosistemas.
– Perjudiquen gravemente el equilibrio de los sistemas naturales.
– O crean un riesgo grave para la salud de las personas.

Controles e inspecciones:

Consejerías de Medio Ambiente de las Comunidades Autónomas:
Son las autoridades competentes para autorizar, supervisar, inspeccionar y sancionar a las instalaciones contaminantes dentro de su territorio. Realizan inspecciones periódicas y controles mediante sistemas automáticos de medición, auditorías ambientales o muestreos in situ.

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD):
A través de organismos como la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental o el PRTR-España, supervisa instalaciones de mayor impacto o competencia estatal.

SEPRONA (Guardia Civil) y Policías autonómicas o locales:
Pueden intervenir en casos de infracciones o delitos ambientales, levantar atestados e iniciar procedimientos penales.

Consulte a nuestros abogados expertos en medioambiente

No dude en contactar con nosotros para obtener asesoramiento legal y proteger sus intereses.

Scroll al inicio